El Auxilio de Transporte está regulado por la Ley 15 de 1959 y normas anuales complementarias expedidas por el Gobierno de Colombia para subsidiar los desplazamientos de los empleados al trabajo.
Preguntas Frecuentes
¿Quién tiene derecho al Auxilio de Transporte en Colombia?
Tienen derecho todos los empleados contratados que perciban mensualmente hasta dos salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).
¿El Auxilio de Transporte se paga proporcional?
Sí, si el trabajador no labora el mes completo o trabaja por días, el auxilio de transporte se liquida de forma proporcional a los días efectivamente laborados.
¿Este auxilio de transporte computa para las prestaciones sociales?
Sí, el Auxilio de Transporte se incluye en la base salarial para liquidar las cesantías, los intereses de cesantías y la prima de servicios, pero no para vacaciones ni seguridad social.